¿Es obligatorio contratar a un socorrista?
Usted es presidente de una comunidad con piscina comunitaria, y el pasado verano algunos vecinos le manifestaron dudas sobre el cumplimiento de las normas sanitarias y de seguridad. ¿Qué le conviene saber en esta materia?
Piscina. Algunos propietarios le plantearon dudas sobre si la piscina cumple con la normativa, por lo que usted quiere tenerlo claro. De esta manera, si es necesario hacer algún cambio, tendrá tiempo suficiente para realizarlo antes del próximo verano. Vea, por tanto, si las piscinas comunitarias deben tener socorrista, y qué otros requisitos deben cumplir.
Piscinas comunitarias
Requisitos. Actualmente, hay una norma estatal que fija los requisitos técnico-sanitarios que deben cumplir las piscinas comunitarias. De este modo, se regula el tratamiento al que se debe someter el agua, los desinfectantes que se pueden utilizar, etc. Por tanto, asegúrense de que la empresa que realiza el mantenimiento de la piscina comunitaria cumple con estos requerimientos.
Comunidad autónoma. Tenga en cuenta que en esta materia las comunidades autónomas tienen normativa propia, por lo que también deben cumplirse los requisitos adicionales que se establezca en ésta. Por ejemplo, en alguna comunidad se exige que el agua de la piscina sea depurada de forma continua, al menos durante el horario de apertura.
¿Con o sin socorrista?
Superficie. La obligatoriedad o no de contar con un socorrista también se regula en la normativa de cada comunidad autónoma, y, en general, depende del tamaño de la piscina. Por ejemplo, en alguna autonomía es obligatorio un socorrista si la piscina tiene más de 200 metros cuadrados de lámina de agua; dos socorristas entre 500 y 1.000, etc.
Contrato. Por tanto, compruebe si la piscina comunitaria está obligada a contratar a un socorrista. En caso afirmativo, aprueben la derrama correspondiente o acuerden un incremento de la cuota ordinaria que permita cubrir este gasto. En este sentido, evite la contratación directa del socorrista. Lo más práctico es contratar a una empresa de mantenimiento de piscinas que les preste este servicio.
Información y seguro
Normas. Asimismo, la normativa obliga a poner a disposición de los usuarios (en lugar accesible y fácilmente visible) información sobre los siguientes extremos:
– Las sustancias químicas y mezclas utilizadas en el tratamiento del agua, así como información sobre la existencia o no de socorrista, y las direcciones y teléfonos de los centros sanitarios más cercanos y de emergencias.
– Las normas de utilización de la piscina y los derechos y deberes de sus usuarios. Por tanto, si en su comunidad de propietarios aún no existen unas normas de régimen interior que regulen el uso de la piscina (horario de uso, normas de higiene…), apruébenlas (dicha aprobación puede realizarse por mayoría).
Seguro. Por último, asegúrense en todo caso de que la póliza de seguros de la comunidad cubre también los siniestros que puedan producirse en la piscina comunitaria.
La obligación de contratar socorrista depende de la normativa de cada comunidad autónoma, y suele ir en función de la superficie de la piscina (por ejemplo, en algún caso es obligatorio si la piscina tiene más de 200 metros cuadrados de lámina).